LSSI

Publicado el: 14/10/2005. Valoración: 2.9/5, de 1545 votos. 2117 Visitas.

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Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI), 34/2002 del 11 de julio. La LSSI ofrece garantías y derechos en Internet. Como, por ejemplo, el derecho a obtener información sobre los prestadores de servicios, precios de productos o servicios que ofrecen, con indicación de los impuestos y gastos de envío; del mismo modo y respecto a la publicidad, derecho a conocer la identidad del anunciante, a no recibir –o dejar de recibir- mensajes de promoción no solicitados, etc.

Esta Ley va dirigida a varias facetas de la comunicación online:

  • Las empresas que realizan comercio electrónico. Tienen el deber de mostrar en su página web: su denominación social, NIF, domicilio, códigos de conducta, inscripción en el Registro Comercial, datos relativos a la autorización necesaria para el ejercicio de la actividad, etc. Si además se realizan contratos on-line se deberá añadir con carácter previo al proceso de contratación los trámites que se vayan a llevar a cabo así como el almacenamiento de dicha información y las condiciones generales de éste.
  • Las empresas que hacen publicidad por vía electrónica. El anunciante deberá identificarse, especificar que se trata de publicidad, si se realizan ofertas habrá que identificarlas como tales; si se envían correos electrónicos o mensajes sms, habrá que obtener previamente la solicitud del destinatario, así como expresar que se trata de publicidad y facilitar procesos sencillos de alta y baja para el usuario.
  • Para los usuarios de Internet. Si incluyen publicidad por la que perciban ingresos, deberán ofrecer información básica como: nombre, localización y NIF.

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